Esta página es información general, no asesoramiento legal. LLC Publishers no es un despacho de abogados.
Publicación de LLC en NYC
Usted Designa Su Condado
Bajo la Ley de LLC de NY §203, su LLC se organiza en el condado que usted designa en sus Artículos de Organización. Bajo §206, la publicación se realiza en ese condado designado. Usted elige el condado. Nosotros presentamos el trámite.
Elegido más comúnmente por LLCs designadas en los distritos de NYC. Disponible para LLCs designadas en cualquiera de los 62 condados de Nueva York.
No recomendamos un condado de publicación. Usted designa; nosotros ejecutamos.
¿No está en un distrito de NYC? Usted puede designar cualquier condado de NY bajo §203. Si su condado actual le conviene, no es necesario cambiarlo.
Ver Precios de Publicación →La Ley de NY Exige una Designación de Condado
Toda LLC de Nueva York debe designar un condado de organización al formarse. Es un requisito estatutario, no una preferencia administrativa.
Ley de LLC de NY §203(e)(2)
Section 203(e)(2) requires the Articles of Organization to state "the county within this state in which the office of the limited liability company is to be located."
Qué significa esto
Toda LLC de Nueva York tiene un condado designado en el registro del Departamento de Estado de NY. Ese condado puede ser cualquiera de los 62 condados del estado, elegido por quien constituye la LLC. La designación se hace en los Artículos de Organización y puede actualizarse después presentando un Certificado de Cambio (DOS-1359-f).
La Publicación Se Realiza en el Condado Designado
La Ley de LLC de NY §206 vincula la publicación directamente al condado que figura en sus Artículos de Organización. Los periódicos son designados por el secretario de ese condado, y el aviso se publica allí.
Ley de LLC de NY §206
Section 206 requires a notice to be published "in two newspapers of the county in which the office of the limited liability company is located, as designated by the clerk of that county."
Qué significa esto
El condado en el registro controla dónde ocurre la publicación y qué periódicos son designados. Cuando el condado designado cambia, la publicación se traslada con él. El secretario del condado recién designado asigna los periódicos para ese aviso.
NY No Exige Prueba de Domicilio para la Designación de Condado
La Sección 206(a)(3-a) enumera los elementos que puede contener un aviso publicado. El estatuto redacta varios de ellos con la salvedad "if any" ("si corresponde").
Ley de LLC de NY §206(a)(3-a)
The section lists items such as the principal business location "if any" — language that reflects the fact that an LLC may or may not have such an address.
Qué significa esto
El Departamento de Estado de NY no exige prueba de un domicilio físico en el condado designado. El condado es una designación estatutaria, no una verificación de domicilio. Esto es una característica del estatuto, no un atajo.
El cliente designa el condado. LLC Publishers no recomienda ninguno.
Una Vez Completada la Publicación, Usted Permanece
La designación es hacia adelante. Después de presentar la publicación, no hay requisito estatutario de volver a publicar si usted luego cambia cualquiera de los elementos que aparecieron en el aviso.
Ley de LLC de NY §206(a)
“no further or amended publication or republication shall be required”
Qué significa esto
Su LLC permanece en el condado designado hacia adelante. El requisito de publicación se cumple una sola vez. No es necesario volver a publicar en el futuro.
Los Costos de Publicación Varían por Condado
Las tarifas de publicación en periódicos difieren entre los 62 condados de Nueva York. A continuación, una muestra representativa — distritos de NYC y dos condados de menor costo.
| Condado | Costo de Publicación |
|---|---|
| Manhattan | $1,795 |
| Brooklyn | $1,475 |
| Queens | $1,195 |
| Bronx | $1,395 |
| Staten Island | $1,295 |
| Albany | $395 |
| Westchester | $395 |
Los precios mostrados son costos de publicación. Los 62 condados de NY están disponibles al momento del pago; los precios varían por condado.
Cómo Se Presentan los Cambios de Condado
Actualizar su condado de organización significa presentar un Certificado de Cambio (DOS-1359-f) ante el Departamento de Estado de NY. Hay tres maneras comunes de hacerlo.
Presentarlo usted mismo
Usted puede presentar el DOS-1359-f directamente ante el Departamento de Estado de NY. Envíe el formulario completo por correo o fax a NY DOS y pague la tarifa estatal de $30. Usted se encarga del formulario, el pago y el seguimiento con DOS.
Lea nuestra guía de presentación DIY →Contratar a un abogado con licencia en NY
Un abogado de Nueva York puede preparar y presentar el Certificado de Cambio en su nombre. Los honorarios varían según el despacho.
Autorizar a LLC Publishers a presentarlo
Como parte de su orden de publicación, nosotros presentamos el Certificado de Cambio por una tarifa fija de $100 (tarifa estatal incluida). Enviamos la presentación por fax directamente a NY DOS, la rastreamos hasta la aceptación, y comenzamos automáticamente su publicación en el momento en que el cambio sea confirmado — sin ningún paso adicional de su parte.
Son tres caminos independientes. Elija el que mejor se adapte a su situación.
Servicios en el Panorama de LLCs de NY
Operar una LLC de Nueva York suele involucrar varios proveedores distintos. A continuación, un panorama descriptivo — sin recomendaciones.
Los titulares de LLC en Nueva York suelen trabajar con una combinación de los siguientes tipos de proveedores.
Servicios de oficina virtual y dirección postal
Algunas empresas utilizan servicios de oficina virtual como Regus como parte de su configuración general de negocio.
Servicios de agente registrado
Algunas LLCs designan un agente registrado. Entre los proveedores en este espacio se encuentra Tailor Brands, entre otros.
Servicios de constitución
Proveedores como LegalZoom, Northwest y Tailor Brands ayudan a las personas a presentar los Artículos de Organización.
Contadores y abogados con licencia en NY
Para preguntas específicas a su situación — tratamiento fiscal, acuerdos operativos, responsabilidad, litigios — consultar a un profesional con licencia es el camino habitual.
No preguntamos su motivo. Usted designa; nosotros ejecutamos.
Los proveedores mencionados son ejemplos del mercado general, no respaldos ni enlaces de afiliado. LLC Publishers no tiene relación financiera con las empresas mencionadas arriba.
Lo Que Hace LLC Publishers
Si usted nos autoriza a presentar el cambio de condado como parte de su orden de publicación, esto es lo que incluye.
$100
Tarifa fija por cambio de condado
Tarifa estatal incluida. Cargo único.
Lo que hacemos
- ✓Preparamos el Certificado de Cambio (DOS-1359-f) con el condado que usted designó
- ✓Presentamos ante el Departamento de Estado de NY y pagamos la tarifa estatal de $30 en su nombre
- ✓Damos seguimiento hasta la aceptación por parte de DOS
- ✓Iniciamos la publicación en el condado designado una vez confirmado el cambio
Lo que no hacemos
- ✕Recomendar un condado — usted designa
- ✕Brindar asesoramiento legal, fiscal o de negocios
- ✕Cobrar tarifas recurrentes o ventas adicionales
- ✕Presentar una segunda solicitud para restaurar un condado anterior
Toma unos 2 minutos. No se requiere pago para comenzar.
No recomendamos un condado de publicación. Usted designa; nosotros ejecutamos.
Preguntas Frecuentes
Respuestas basadas en el estatuto. Los descargos aparecen solo cuando hay consecuencias legales implicadas.
¿Puede una LLC cambiar su condado de organización?
Sí. La Ley de LLC de NY §211-A autoriza un Certificado de Cambio (DOS-1359-f), presentado ante el Departamento de Estado de NY, para actualizar elementos específicos en los Artículos de Organización de una LLC — incluyendo el condado designado (la "ubicación de la oficina"). La tarifa estatal es de $30.
¿El plazo de 120 días aplica al cambio de condado?
No. El plazo de 120 días bajo §206 aplica a la publicación. El Certificado de Cambio (la actualización de condado) no tiene plazo de 120 días. Son dos derechos separados bajo la Ley de LLC de NY. Esto no es asesoramiento legal — para su plazo específico, consulte a un abogado con licencia en NY.
¿Mi LLC permanecerá en el nuevo condado de forma permanente?
Sí. Es una designación hacia adelante bajo §203. Su LLC permanece en el condado designado a menos que usted presente otro Certificado de Cambio más adelante. Según §206(a), "no further or amended publication or republication shall be required" una vez completada la publicación.
¿Necesito un agente registrado en el condado de publicación?
La designación de condado bajo §203 es independiente de los arreglos para la notificación de procesos legales. §206 requiere publicación en el condado designado; no requiere presencia física allí. Muchas LLCs de NY operan con el Secretario de Estado como agente designado para la notificación de procesos.
¿El cambio de condado afecta mi dirección comercial?
El condado de organización es la designación estatutaria de condado en sus Artículos de Organización. Es distinto de la dirección postal que usted proporciona al DOS para la notificación de procesos, de su ubicación física y del lugar donde opera.
¿Por qué varían los costos de publicación según el condado?
Las tarifas de los periódicos difieren entre los 62 condados de Nueva York. §206 requiere publicación en un periódico diario y uno semanal designados por el secretario del condado. Los periódicos de cada condado fijan sus propias tarifas, por eso los totales varían por condado.
¿Qué pasa si ya pasó el plazo de 120 días?
§206 permite completar la publicación después de los 120 días; el estatuto describe una suspensión de la autoridad de la LLC para operar hasta que la publicación se complete. La presentación del Certificado de Publicación finaliza esa suspensión hacia adelante. Para asesoramiento sobre las consecuencias legales de su situación específica, consulte a un abogado con licencia en NY. Esto no es asesoramiento legal.
Recursos Relacionados
Aprenda más sobre los estatutos que rigen la publicación de LLCs en NY.
Ley de LLC de NY §203 — Constitución
Cómo se constituyen legalmente las LLCs de Nueva York y qué deben contener los Artículos de Organización.
Ley de LLC de NY §206 — Publicación
El requisito de publicación, el plazo de 120 días y las declaraciones juradas de publicación.
Desglose de Costos por Condado
Precios de publicación en los 62 condados de NY.
Sobre Esta Página
LLC Publishers es un servicio de publicación, no un despacho de abogados. Ejecutamos la designación de condado que usted seleccione; no recomendamos ninguna. Para preguntas legales sobre su situación específica, consulte a un abogado con licencia en NY.