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Guía de Cumplimiento de la Ley §206 de LLC de NY

Todo lo que necesita saber sobre el requisito obligatorio de publicación de LLC de Nueva York

Actualizado para 2025 • Guía completa paso a paso de expertos

Resumen Rápido

La Ley §206 de LLC de NY requiere que cada LLC de Nueva York publique un aviso de formación en dos periódicos aprobados durante seis semanas consecutivas, luego presente prueba ante el estado — todo dentro de 120 días de la formación.

El incumplimiento puede resultar en la suspensión de la autoridad de su LLC para realizar negocios en Nueva York.

¿Qué es la Ley §206 de LLC de NY?

La Ley §206 de LLC de NY, oficialmente titulada "Publicación de copia de artículos de organización o aviso", es un estatuto del Estado de Nueva York que requiere que cada LLC formada en Nueva York publique aviso público de su formación.

El Requisito Legal

Dentro de 120 días después de presentar los Artículos de Organización, cada LLC debe:

  1. Publicar un aviso de formación en dos periódicos designados por el secretario del condado
  2. Un periódico debe ser publicado diariamente
  3. Un periódico debe ser publicado semanalmente
  4. La publicación debe correr durante seis semanas consecutivas en ambos periódicos
  5. Obtener declaraciones juradas de publicación de ambos periódicos
  6. Presentar Certificado de Publicación (Formulario DOS-1708-f-L) ante el Departamento de Estado de NY

¿Quién Debe Cumplir?

  • LLCs Domésticas — Cualquier LLC formada en el Estado de Nueva York
  • LLCs Extranjeras — LLCs de otros estados que se registran para hacer negocios en Nueva York
  • Todos los tipos de negocios — LLCs profesionales, LLCs de un solo miembro, LLCs de múltiples miembros

Por Qué Existe Esta Ley

El requisito de publicación sirve como aviso público a acreedores, posibles socios comerciales y el público general de que se ha formado una nueva entidad comercial. Esta transparencia tiene como objetivo proteger el interés público y mantener la integridad de los registros comerciales en Nueva York.

Requisitos de Publicación por Tipo de Entidad

El requisito de publicación de LLC de NY aplica a cuatro tipos de entidad. El proceso central es el mismo — dos periódicos, seis semanas consecutivas, plazo de 120 días — pero el estatuto rector, tipo de aviso y formulario DOS difieren.

Publicación de LLC Extranjera (Sección 802)

Una LLC extranjera es aquella formada en otro estado (como Delaware, Wyoming o Florida) que se registra para hacer negocios en Nueva York presentando una Solicitud de Autoridad ante el Departamento de Estado de NY.

Según la Ley de LLC de NY Sección 802(b), las LLCs extranjeras deben completar el mismo proceso de publicación que las LLCs domésticas — dos periódicos, seis semanas consecutivas, designación del secretario del condado.

Diferencias clave: Las LLCs extranjeras publican un Aviso de Cualificación (no Aviso de Formación). El aviso debe incluir la jurisdicción del estado de origen de la LLC, la fecha de formación original y la dirección de la oficina que el estado de origen exige (o la oficina principal, cuando no exige ninguna) — haciéndolo más largo, lo que resulta en costos de periódico más altos.

Lea nuestra guía completa →

Publicación de PLLC (Sección 1203)

Una Compañía Profesional de Responsabilidad Limitada (PLLC) es requerida para profesionales licenciados en Nueva York — abogados, médicos, dentistas, contadores, arquitectos, ingenieros y otras profesiones reguladas bajo el Título Ocho de la Ley de Educación de NY.

La Ley de LLC de NY Sección 1203(c)(2) incorpora el requisito de publicación de la Sección 206 por referencia. Las PLLCs siguen exactamente el mismo proceso de publicación que las LLCs estándar.

Diferencias clave: La redacción del aviso usa "compañía profesional de responsabilidad limitada" en lugar de "compañía de responsabilidad limitada." Las PLLCs usan el formulario DOS DOS-1709 (doméstica) o DOS-1710 (PLLC extranjera). Sin costo adicional — la publicación de PLLC tiene el mismo precio que la publicación de LLC estándar.

Comparación de Tipos de Entidad

CaracterísticaLLC DomésticaLLC ExtranjeraPLLC DomésticaPLLC Extranjera
Estatuto§206§802(b)§1203(c)(2)§1306
Documento de PresentaciónArtículos de OrganizaciónSolicitud de AutoridadArtículos de OrganizaciónSolicitud de Autoridad
Tipo de AvisoAviso de FormaciónAviso de CualificaciónAviso de FormaciónAviso de Cualificación
Periódicos2 (diario + semanal)
Duración6 semanas consecutivas
Plazo120 días
Formulario DOSDOS-1708DOS-1707DOS-1709DOS-1710

Los números de formulario están sujetos a cambios por el Departamento de Estado de NY.

Proceso de Cumplimiento Paso a Paso

1

Identifique Su Condado

El condado listado en sus Artículos de Organización determina qué periódicos debe usar. Esta es la designación de condado que especificó al formar su LLC—no necesariamente donde opera físicamente.

Cronograma: Inmediatamente después de la formación de la LLC

2

Encuentre Periódicos Aprobados

Contacte la oficina del secretario de su condado para obtener la lista oficial de periódicos designados. Cada condado mantiene una lista específica de publicaciones aprobadas — una diaria y una semanal.

⚠️ Crítico: Usar periódicos no designados resultará en incumplimiento y requerirá que comience de nuevo.

Cronograma: Dentro de las primeras 2 semanas

3

Prepare el Aviso de Publicación

Cree un aviso que contenga:

  • Nombre de la LLC (exactamente como fue presentado)
  • Fecha en que se presentaron los Artículos de Organización
  • Condado donde está ubicada la oficina de la LLC
  • Declaración de que el Secretario de Estado está designado como agente para servicio de proceso
  • Dirección donde el Secretario de Estado debe enviar el proceso
  • Propósito de la LLC

Cronograma: Semana 2-3

4

Publicar Durante Seis Semanas Consecutivas

Envíe su aviso a ambos periódicos. La publicación debe correr una vez por semana durante seis semanas consecutivas en cada periódico — lo que significa 12 publicaciones en total.

Cronograma: Semanas 3-9 (período de publicación de 6 semanas)

5

Obtener Declaraciones Juradas de Publicación

Después de que termine el período de publicación de seis semanas, solicita una declaración jurada de publicación notariada de cada periódico. Esta es una declaración jurada oficial de que su aviso fue publicado según lo requerido.

💡 Consejo Pro: Los periódicos pueden tardar 2-4 semanas en proporcionar declaraciones juradas. Haga seguimiento proactivamente para evitar retrasos.

Cronograma: Semanas 9-11

6

Presentar Certificado de Publicación ante el Estado de NY

Complete el Formulario DOS-1708-f-L (Certificado de Publicación) y envíelo al Departamento de Estado de NY junto con:

  • Ambas declaraciones juradas originales de publicación
  • Tarifa de presentación requerida ($50 a partir de 2025)

Enviar a:
NYS Department of State
Division of Corporations
One Commerce Plaza
99 Washington Avenue
Albany, NY 12231

Cronograma: Semana 11-12 | Fecha límite: Dentro de 120 días de la formación de la LLC

✅ ¡Está en Cumplimiento!

Una vez que el Departamento de Estado procese su Certificado de Publicación, su LLC está en pleno cumplimiento con la Ley §206 de LLC de NY. La presentación se reflejará en el registro público de su LLC, y su negocio puede operar en buen estado.

Errores Comunes de Cumplimiento y Cómo Evitarlos

❌ Error #1: Usar Periódicos No Aprobados

Publicar en periódicos que no están designados por el secretario de su condado significa que su publicación no cuenta — y tendrá que comenzar de nuevo.

Solución: Siempre verifica con la oficina del secretario del condado antes de colocar anuncios. Las designaciones pueden cambiar.

❌ Error #2: Perder el Plazo de 120 Días

El plazo es estricto. Perderlo puede resultar en la suspensión de la autoridad de su LLC para realizar negocios en Nueva York.

Solución: Comience el proceso de publicación dentro de 2 semanas de la formación. No espere hasta el último minuto.

❌ Error #3: Contenido de Anuncio Incorrecto

Faltar elementos requeridos (fecha de presentación, condado, lenguaje de servicio de proceso) hace que su publicación sea inválida.

Solución: Use sus Artículos de Organización como referencia y siga los requisitos estatutarios exactamente.

❌ Error #4: No Dar Seguimiento a las Declaraciones Juradas

Los periódicos pueden ser lentos para proporcionar declaraciones juradas. Si no da seguimiento, puede quedarse sin tiempo antes del plazo de 120 días.

Solución: Contacte a los periódicos 1 semana después de que termine la publicación y da seguimiento semanalmente hasta que reciba las declaraciones juradas.

❌ Error #5: Presentar Certificado de Publicación Incompleto

Declaraciones juradas faltantes, formularios incorrectos o tarifas insuficientes causarán que el Departamento de Estado rechace su presentación.

Solución: Verifique que ambas declaraciones juradas estén incluidas, el Formulario DOS-1708-f-L esté completo y la tarifa de presentación esté adjunta.

Cómo LLC Publishers Asegura Su Cumplimiento con §206

En LLC Publishers, manejamos cada paso del proceso de cumplimiento de la Ley §206 de LLC de NY para que no tenga que preocuparse por plazos, papeleo o errores.

🎯

Periódicos Verificados por Condado

Verificamos las designaciones actuales del secretario del condado antes de cada publicación para asegurar que estamos usando periódicos aprobados.

📝

Contenido de Anuncio en Cumplimiento

Nuestro equipo prepara avisos que incluyen todos los elementos requeridos según los requisitos estatutarios de la Ley §206 de LLC de NY.

📰

Coordinación Directa con Periódicos

Manejamos toda la comunicación con los periódicos, programamos las publicaciones y rastreamos el período de publicación de 6 semanas.

📋

Recolección Proactiva de Declaraciones Juradas

Damos seguimiento a los periódicos para recolectar declaraciones juradas puntualmente, asegurando que nunca pierda el plazo de 120 días.

🏛️

Presentación Estatal Complete

Preparamos y presentamos el Formulario DOS-1708-f-L con ambas declaraciones juradas y todas las tarifas requeridas ante el Departamento de Estado de NY.

Prueba de Cumplimiento

Recibe documentación completa que muestra que su LLC ha cumplido con los requisitos de la Ley §206 de LLC de NY.

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Preguntas Frecuentes Sobre el Cumplimiento de §206

¿Qué sucede si pierdo el plazo de 120 días?

Si no completas la publicación dentro de 120 días de presentar sus Artículos de Organización, su LLC puede perder su autoridad para realizar negocios en Nueva York. El Secretario de Estado puede suspender el certificado de organización de su LLC, impidiéndole operar legalmente, abrir cuentas bancarias, obtener licencias o hacer cumplir contratos hasta que cumpla.

¿Puedo usar cualquier periódico que quiera?

No. Debe usar periódicos que estén específicamente designados por el secretario de su condado. Cada condado mantiene una lista oficial de periódicos aprobados — uno diario y uno semanal. Usar periódicos no designados significa que su publicación no cumple con la Ley §206 de LLC de NY, y tendrá que comenzar de nuevo.

¿Cuánto cuesta la publicación de LLC?

Los costos de publicación varían significativamente por condado porque las tarifas de publicidad de los periódicos difieren. En condados de alto costo como Manhattan, la publicación puede costar $1,500-$2,000+. En otros condados, puede ser $400-$800. El costo incluye tarifas de periódicos por 6 semanas de anuncios en dos periódicos, más la tarifa de presentación estatal de $50 por el Certificado de Publicación.

¿Necesito publicar si soy una LLC extranjera registrándome en NY?

Sí. Las LLCs extranjeras (formadas fuera de Nueva York pero haciendo negocios en NY) también deben cumplir con la Ley §206 de LLC de NY. El requisito de publicación aplica ya sea que sea una LLC doméstica o extranjera operando en el Estado de Nueva York.

¿Puedo hacer la publicación yo mismo o debo contratar un servicio?

Puede manejar la publicación usted mismo, pero requiere tiempo significativo y atención al detalle. Necesitará investigar periódicos aprobados, coordinar con dos publicaciones separadas, monitorear el período de 6 semanas, perseguir declaraciones juradas y presentar correctamente ante el estado — todo dentro de 120 días. La mayoría de los dueños de negocios encuentran más eficiente y menos riesgoso usar un servicio profesional de publicación como LLC Publishers para asegurar el cumplimiento y evitar errores costosos.

¿Qué se incluye en el aviso de publicación?

Su aviso de publicación debe contener: (1) el nombre exacto de la LLC como fue presentado ante el estado, (2) la fecha en que se presentaron sus Artículos de Organización, (3) el condado donde está ubicada la oficina de su LLC, (4) una declaración de que el Secretario de Estado ha sido designado como agente para servicio de proceso, (5) la dirección donde el Secretario de Estado debe enviar el proceso, y (6) el propósito de la LLC (generalmente "cualquier propósito legal").

¿Cuánto tiempo toma todo el proceso?

De principio a fin, espera 8-12 semanas: 1-2 semanas para identificar periódicos y colocar anuncios, 6 semanas para publicación, 1-2 semanas para recolectar declaraciones juradas de los periódicos, y 1-2 semanas para que el Departamento de Estado procese su Certificado de Publicación. Esto encaja cómodamente dentro del plazo de 120 días si comienza puntualmente después de la formación.

¿Qué son las declaraciones juradas de publicación?

Las declaraciones juradas de publicación son documentos legales notariados proporcionados por cada periódico confirmando que el aviso de su LLC fue publicado según lo requerido. Cada declaración jurada incluye la información del periódico, las fechas en que corrió su anuncio y una copia del aviso publicado. Necesita declaraciones juradas de ambos periódicos (diario y semanal) para presentar su Certificado de Publicación ante el estado.

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