Resumen Rápido
La Ley §206 de LLC de NY requiere que cada LLC de Nueva York publique un aviso de formación en dos periódicos aprobados durante seis semanas consecutivas, luego presente prueba ante el estado — todo dentro de 120 días de la formación.
El incumplimiento puede resultar en la suspensión de la autoridad de tu LLC para realizar negocios en Nueva York.
¿Qué es la Ley §206 de LLC de NY?
La Ley §206 de LLC de NY, oficialmente titulada "Publicación de copia de artículos de organización o aviso", es un estatuto del Estado de Nueva York que requiere que cada LLC formada en Nueva York publique aviso público de su formación.
El Requisito Legal
Dentro de 120 días después de presentar los Artículos de Organización, cada LLC debe:
- Publicar un aviso de formación en dos periódicos designados por el secretario del condado
- Un periódico debe ser publicado diariamente
- Un periódico debe ser publicado semanalmente
- La publicación debe correr durante seis semanas consecutivas en ambos periódicos
- Obtener declaraciones juradas de publicación de ambos periódicos
- Presentar Certificado de Publicación (Formulario DOS-1708-f-L) ante el Departamento de Estado de NY
¿Quién Debe Cumplir?
- ✓LLCs Domésticas — Cualquier LLC formada en el Estado de Nueva York
- ✓LLCs Extranjeras — LLCs de otros estados que se registran para hacer negocios en Nueva York
- ✓Todos los tipos de negocios — LLCs profesionales, LLCs de un solo miembro, LLCs de múltiples miembros
Por Qué Existe Esta Ley
El requisito de publicación sirve como aviso público a acreedores, posibles socios comerciales y el público general de que se ha formado una nueva entidad comercial. Esta transparencia tiene como objetivo proteger el interés público y mantener la integridad de los registros comerciales en Nueva York.
Proceso de Cumplimiento Paso a Paso
Identifica Tu Condado
El condado listado en tus Artículos de Organización determina qué periódicos debes usar. Esta es la designación de condado que especificaste al formar tu LLC—no necesariamente donde operas físicamente.
Cronograma: Inmediatamente después de la formación de la LLC
Encuentra Periódicos Aprobados
Contacta la oficina del secretario de tu condado para obtener la lista oficial de periódicos designados. Cada condado mantiene una lista específica de publicaciones aprobadas — una diaria y una semanal.
⚠️ Crítico: Usar periódicos no designados resultará en incumplimiento y requerirá que comiences de nuevo.
Cronograma: Dentro de las primeras 2 semanas
Prepara el Aviso de Publicación
Crea un aviso que contenga:
- Nombre de la LLC (exactamente como fue presentado)
- Fecha en que se presentaron los Artículos de Organización
- Condado donde está ubicada la oficina de la LLC
- Declaración de que el Secretario de Estado está designado como agente para servicio de proceso
- Dirección donde el Secretario de Estado debe enviar el proceso
- Propósito de la LLC
Cronograma: Semana 2-3
Publicar Durante Seis Semanas Consecutivas
Envía tu aviso a ambos periódicos. La publicación debe correr una vez por semana durante seis semanas consecutivas en cada periódico — lo que significa 12 publicaciones en total.
Cronograma: Semanas 3-9 (período de publicación de 6 semanas)
Obtener Declaraciones Juradas de Publicación
Después de que termine el período de publicación de seis semanas, solicita una declaración jurada de publicación notariada de cada periódico. Esta es una declaración jurada oficial de que tu aviso fue publicado según lo requerido.
💡 Consejo Pro: Los periódicos pueden tardar 2-4 semanas en proporcionar declaraciones juradas. Haz seguimiento proactivamente para evitar retrasos.
Cronograma: Semanas 9-11
Presentar Certificado de Publicación ante el Estado de NY
Completa el Formulario DOS-1708-f-L (Certificado de Publicación) y envíalo al Departamento de Estado de NY junto con:
- Ambas declaraciones juradas originales de publicación
- Tarifa de presentación requerida ($50 a partir de 2025)
Enviar a:
NYS Department of State
Division of Corporations
One Commerce Plaza
99 Washington Avenue
Albany, NY 12231
Cronograma: Semana 11-12 | Fecha límite: Dentro de 120 días de la formación de la LLC
✅ ¡Estás en Cumplimiento!
Una vez que el Departamento de Estado procese tu Certificado de Publicación, tu LLC está en pleno cumplimiento con la Ley §206 de LLC de NY. La presentación se reflejará en el registro público de tu LLC, y tu negocio puede operar en buen estado.
Errores Comunes de Cumplimiento y Cómo Evitarlos
❌ Error #1: Usar Periódicos No Aprobados
Publicar en periódicos que no están designados por el secretario de tu condado significa que tu publicación no cuenta — y tendrás que comenzar de nuevo.
Solución: Siempre verifica con la oficina del secretario del condado antes de colocar anuncios. Las designaciones pueden cambiar.
❌ Error #2: Perder el Plazo de 120 Días
El plazo es estricto. Perderlo puede resultar en la suspensión de la autoridad de tu LLC para realizar negocios en Nueva York.
Solución: Comienza el proceso de publicación dentro de 2 semanas de la formación. No esperes hasta el último minuto.
❌ Error #3: Contenido de Anuncio Incorrecto
Faltar elementos requeridos (fecha de presentación, condado, lenguaje de servicio de proceso) hace que tu publicación sea inválida.
Solución: Usa tus Artículos de Organización como referencia y sigue los requisitos estatutarios exactamente.
❌ Error #4: No Dar Seguimiento a las Declaraciones Juradas
Los periódicos pueden ser lentos para proporcionar declaraciones juradas. Si no das seguimiento, puedes quedarte sin tiempo antes del plazo de 120 días.
Solución: Contacta a los periódicos 1 semana después de que termine la publicación y da seguimiento semanalmente hasta que recibas las declaraciones juradas.
❌ Error #5: Presentar Certificado de Publicación Incompleto
Declaraciones juradas faltantes, formularios incorrectos o tarifas insuficientes causarán que el Departamento de Estado rechace tu presentación.
Solución: Verifica que ambas declaraciones juradas estén incluidas, el Formulario DOS-1708-f-L esté completo y la tarifa de presentación esté adjunta.
Cómo LLC Publishers Asegura Tu Cumplimiento con §206
En LLC Publishers, manejamos cada paso del proceso de cumplimiento de la Ley §206 de LLC de NY para que no tengas que preocuparte por plazos, papeleo o errores.
Periódicos Verificados por Condado
Verificamos las designaciones actuales del secretario del condado antes de cada publicación para asegurar que estamos usando periódicos aprobados.
Contenido de Anuncio en Cumplimiento
Nuestro equipo prepara avisos que incluyen todos los elementos requeridos según los requisitos estatutarios de la Ley §206 de LLC de NY.
Coordinación Directa con Periódicos
Manejamos toda la comunicación con los periódicos, programamos las publicaciones y rastreamos el período de publicación de 6 semanas.
Recolección Proactiva de Declaraciones Juradas
Damos seguimiento a los periódicos para recolectar declaraciones juradas puntualmente, asegurando que nunca pierdas el plazo de 120 días.
Presentación Estatal Completa
Preparamos y presentamos el Formulario DOS-1708-f-L con ambas declaraciones juradas y todas las tarifas requeridas ante el Departamento de Estado de NY.
Prueba de Cumplimiento
Recibes documentación completa que muestra que tu LLC ha cumplido con los requisitos de la Ley §206 de LLC de NY.
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Un pedido. Cero estrés. Cumplimiento completo garantizado dentro del plazo de 120 días.
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Preguntas Frecuentes Sobre el Cumplimiento de §206
¿Qué sucede si pierdo el plazo de 120 días?
Si no completas la publicación dentro de 120 días de presentar tus Artículos de Organización, tu LLC puede perder su autoridad para realizar negocios en Nueva York. El Secretario de Estado puede suspender el certificado de organización de tu LLC, impidiéndote operar legalmente, abrir cuentas bancarias, obtener licencias o hacer cumplir contratos hasta que cumplas.
¿Puedo usar cualquier periódico que quiera?
No. Debes usar periódicos que estén específicamente designados por el secretario de tu condado. Cada condado mantiene una lista oficial de periódicos aprobados — uno diario y uno semanal. Usar periódicos no designados significa que tu publicación no cumple con la Ley §206 de LLC de NY, y tendrás que comenzar de nuevo.
¿Cuánto cuesta la publicación de LLC?
Los costos de publicación varían significativamente por condado porque las tarifas de publicidad de los periódicos difieren. En condados de alto costo como Manhattan, la publicación puede costar $1,500-$2,000+. En otros condados, puede ser $400-$800. El costo incluye tarifas de periódicos por 6 semanas de anuncios en dos periódicos, más la tarifa de presentación estatal de $50 por el Certificado de Publicación.
¿Necesito publicar si soy una LLC extranjera registrándome en NY?
Sí. Las LLCs extranjeras (formadas fuera de Nueva York pero haciendo negocios en NY) también deben cumplir con la Ley §206 de LLC de NY. El requisito de publicación aplica ya sea que seas una LLC doméstica o extranjera operando en el Estado de Nueva York.
¿Puedo hacer la publicación yo mismo o debo contratar un servicio?
Puedes manejar la publicación tú mismo, pero requiere tiempo significativo y atención al detalle. Necesitarás investigar periódicos aprobados, coordinar con dos publicaciones separadas, monitorear el período de 6 semanas, perseguir declaraciones juradas y presentar correctamente ante el estado — todo dentro de 120 días. La mayoría de los dueños de negocios encuentran más eficiente y menos riesgoso usar un servicio profesional de publicación como LLC Publishers para asegurar el cumplimiento y evitar errores costosos.
¿Qué se incluye en el aviso de publicación?
Tu aviso de publicación debe contener: (1) el nombre exacto de la LLC como fue presentado ante el estado, (2) la fecha en que se presentaron tus Artículos de Organización, (3) el condado donde está ubicada la oficina de tu LLC, (4) una declaración de que el Secretario de Estado ha sido designado como agente para servicio de proceso, (5) la dirección donde el Secretario de Estado debe enviar el proceso, y (6) el propósito de la LLC (generalmente "cualquier propósito legal").
¿Cuánto tiempo toma todo el proceso?
De principio a fin, espera 8-12 semanas: 1-2 semanas para identificar periódicos y colocar anuncios, 6 semanas para publicación, 1-2 semanas para recolectar declaraciones juradas de los periódicos, y 1-2 semanas para que el Departamento de Estado procese tu Certificado de Publicación. Esto encaja cómodamente dentro del plazo de 120 días si comienzas puntualmente después de la formación.
¿Qué son las declaraciones juradas de publicación?
Las declaraciones juradas de publicación son documentos legales notariados proporcionados por cada periódico confirmando que el aviso de tu LLC fue publicado según lo requerido. Cada declaración jurada incluye la información del periódico, las fechas en que corrió tu anuncio y una copia del aviso publicado. Necesitas declaraciones juradas de ambos periódicos (diario y semanal) para presentar tu Certificado de Publicación ante el estado.
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Recursos Adicionales
¿Qué Periódicos Puedo Usar?
Guía completa para encontrar periódicos aprobados por el condado para tu publicación de LLC.
Leer Guía →¿Qué Pasa Si Perdí el Plazo?
Aprende qué sucede si pierdes el plazo de 120 días y cómo solucionarlo.
Leer Guía →Cronograma de Declaraciones Juradas
Cuánto tiempo toma recibir declaraciones juradas de los periódicos después de la publicación.
Leer Guía →Leer el Estatuto Completo
Ver el texto de la Ley §206 de LLC de NY en el sitio web del Senado del Estado de Nueva York.
Ver Ley →