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Requisitos y Cumplimiento

¿Necesitan las LLCs Extranjeras Publicar en Nueva York?

13 min read

La Respuesta Corta

Sí. Si su LLC fue formada en otro estado y está registrándose para hacer negocios en Nueva York presentando una Solicitud de Autoridad, debe publicar aviso en dos periódicos de Nueva York dentro de 120 días.

Este requisito aplica bajo la Sección 802 de la Ley de Compañías de Responsabilidad Limitada de Nueva York—el equivalente para LLCs extranjeras de la Sección 206 que gobierna las LLCs domésticas.

El incumplimiento resulta en la suspensión de la autoridad de su LLC para realizar negocios en Nueva York. Aunque no perderá contratos ni enfrentará responsabilidad personal, no puede operar legalmente, demandar, ni hacer cumplir contratos en tribunales de Nueva York hasta que corrija la deficiencia.

En resumen: Las LLCs extranjeras enfrentan la misma carga de publicación que las LLCs formadas en Nueva York—mismos periódicos, mismo cronograma, mismo costo, mismas consecuencias.

Requisito de publicación de LLC extranjera en Nueva York


¿Qué Es una LLC Extranjera?

Una LLC extranjera es una LLC formada bajo las leyes de otro estado (o país) que quiere realizar negocios en Nueva York.

Por ejemplo:

  • Formó una LLC en Delaware pero ahora quiere abrir una oficina en Manhattan
  • Su LLC de Texas está expandiendo operaciones a Nueva York
  • Es una LLC de California contratando empleados o arrendando espacio en Nueva York

Cuando las actividades de su negocio cruzan el umbral de "hacer negocios" en Nueva York, debe registrarse ante el Departamento de Estado de NY presentando una Solicitud de Autoridad.

Y una vez que presenta esa solicitud, el reloj de publicación comienza a correr.


Requisito Legal: Sección 802

El requisito de publicación para LLCs extranjeras viene de la Sección 802 de la Ley de Compañías de Responsabilidad Limitada de Nueva York.

Esto es lo que requiere la ley:

  • Dentro de 120 días después de presentar su Solicitud de Autoridad, debe publicar una copia de la solicitud (o un aviso relacionado con su calificación) en dos periódicos
  • Las publicaciones deben aparecer una vez por semana durante seis semanas consecutivas
  • Los periódicos deben ser designados por el Secretario del Condado del condado donde está ubicada la oficina de Nueva York de su LLC (como se indica en su Solicitud de Autoridad)
  • Después de la publicación, debe presentar un Certificado de Publicación más declaraciones juradas de publicación de ambos periódicos ante el Departamento de Estado de NY, junto con una tarifa de presentación de $50

Si no completa esto dentro de 120 días, la autoridad de su LLC para hacer negocios en Nueva York será suspendida.


Cómo la Sección 802 Difiere de la Sección 206

Aunque tanto las LLCs domésticas (Sección 206) como las LLCs extranjeras (Sección 802) enfrentan requisitos de publicación, hay algunas diferencias sutiles:

RequisitoLLCs Domésticas (Sección 206)LLCs Extranjeras (Sección 802)
Autoridad LegalSección 206Sección 802
Evento DesencadenantePresentación de Artículos de OrganizaciónPresentación de Solicitud de Autoridad
Cronograma120 días desde formación120 días desde presentación de solicitud de autoridad
PeriódicosDos designados por secretario del condado (un diario, un semanal)Dos designados por secretario del condado (un diario, un semanal)
Período de PublicaciónUna vez por semana durante 6 semanasUna vez por semana durante 6 semanas
Contenido PublicadoCopia o resumen de Artículos de OrganizaciónCopia o aviso de Solicitud de Autoridad
Consecuencia del IncumplimientoSuspensión de autoridad para realizar negociosSuspensión de autoridad para realizar negocios
Tarifa de Presentación del Certificado$50$50

En la práctica, los requisitos son casi idénticos. Los mismos periódicos, mismo cronograma, mismo proceso, mismo costo, y mismas consecuencias aplican tanto a LLCs domésticas como extranjeras.


Qué Significa "Hacer Negocios" en Nueva York

No toda actividad de una LLC de fuera del estado requiere registro y publicación en Nueva York.

Actividades Que SÍ Requieren Registro

Si su LLC realiza cualquiera de estas actividades, probablemente necesita registrarse como LLC extranjera:

  • Mantener una oficina en Nueva York
  • Contratar empleados que trabajen en Nueva York
  • Arrendar espacio comercial en Nueva York
  • Realizar reuniones de negocios regulares en Nueva York
  • Abrir una cuenta bancaria en una sucursal de Nueva York (algunos bancos requieren registro)
  • Poseer o arrendar propiedad en Nueva York para propósitos comerciales

Actividades Que Generalmente NO Requieren Registro

Estas típicamente no activan el requisito de registro de LLC extranjera:

  • Asistir a ferias comerciales o conferencias en Nueva York
  • Tomar pedidos de clientes de Nueva York pero cumplirlos en otro lugar
  • Enviar productos a Nueva York desde su estado de origen
  • Mantener un sitio web accesible a clientes de Nueva York
  • Defender una demanda en tribunales de Nueva York
  • Poseer inversiones pasivas (bienes raíces, acciones) en Nueva York sin operaciones comerciales activas

La línea puede ser difusa. Si no está seguro de si sus actividades constituyen "hacer negocios" en Nueva York, consulte con un abogado de negocios familiarizado con la ley de Nueva York.


Paso a Paso: Cómo Cumplen las LLCs Extranjeras

Aquí está el proceso práctico para satisfacer el requisito de publicación:

Paso 1: Presente Su Solicitud de Autoridad

Antes de poder publicar, debe presentar una Solicitud de Autoridad ante el Departamento de Estado de NY.

Este formulario requiere:

  • El nombre de su LLC (debe incluir "LLC," "L.L.C.," "Compañía de Responsabilidad Limitada," o similar)
  • Jurisdicción donde su LLC fue originalmente formada
  • Fecha de formación original
  • Dirección de su oficina principal en Nueva York (esto determina el condado de publicación)
  • Agente registrado para servicio de proceso en Nueva York
  • Nombre y dirección del Secretario de Estado (o equivalente) en su estado de origen

Tarifa de presentación: $250

Una vez que esto se presenta y aprueba, su reloj de publicación de 120 días comienza.

Paso 2: Determine Su Condado de Publicación

La designación del secretario del condado depende de la dirección de la oficina de su LLC en Nueva York como se indica en su Solicitud de Autoridad.

Por ejemplo:

  • Oficina en Manhattan → Condado de Nueva York
  • Oficina en Brooklyn → Condado de Kings
  • Oficina en Rochester → Condado de Monroe
  • Oficina en Buffalo → Condado de Erie

Importante: El condado se basa en donde está ubicada su oficina de Nueva York, NO donde su LLC fue originalmente formada.

Paso 3: Contacte al Secretario del Condado para Periódicos Designados

Cada secretario del condado de Nueva York mantiene una lista de periódicos aprobados para publicación de LLC. Debe usar periódicos de esta lista.

Típicamente, la lista incluye:

  • Un periódico diario (publicado al menos 5 días por semana)
  • Un periódico semanal (publicado una vez por semana)

Paso 4: Coloque Anuncios en Dos Periódicos

Una vez que sepa qué periódicos están designados, contacte el departamento de publicidad legal de cada periódico.

Necesitará proporcionar:

  • Una copia de su Solicitud de Autoridad (o un aviso resumiéndola)
  • Instrucciones para publicar una vez por semana durante 6 semanas consecutivas
  • Pago (las tarifas de anuncios de periódicos varían ampliamente—típicamente $300 a $1,500+ por periódico)

Paso 5: Recolecte Declaraciones Juradas de Publicación

Después de que termine el período de publicación de 6 semanas, cada periódico le proporcionará una declaración jurada de publicación—una declaración jurada de que su anuncio se publicó según lo requerido.

Guárdelas de forma segura. Necesitará los originales para presentar ante el estado.

Paso 6: Complete y Presente el Certificado de Publicación

Una vez que tenga ambas declaraciones juradas, debe presentar un Certificado de Publicación para Compañía de Responsabilidad Limitada Extranjera ante el Departamento de Estado de NY.

Qué enviar:

  • Formulario de Certificado de Publicación completado
  • Declaración jurada del periódico diario
  • Declaración jurada del periódico semanal
  • Tarifa de presentación de $50

Envíe por correo a: Division of Corporations One Commerce Plaza 99 Washington Avenue Albany, NY 12231

Tiempo de procesamiento: El procesamiento estándar toma aproximadamente 5-7 días hábiles. Opciones aceleradas están disponibles por una tarifa adicional.

Paso 7: Confirmación y Cumplimiento

Una vez que el Departamento de Estado procese su Certificado de Publicación, su LLC está en cumplimiento total.

Debería recibir una copia sellada del Certificado de vuelta del estado. Guárdela con los registros de su LLC.

Su LLC extranjera ahora está autorizada para realizar negocios en Nueva York sin riesgo de suspensión.


Costos: Qué Esperar

El costo total para publicación de LLC extranjera en Nueva York incluye:

ArtículoCosto
Solicitud de Autoridad (una vez)$250
Anuncio en periódico diario (6 semanas)$300 – $1,500+
Anuncio en periódico semanal (6 semanas)$300 – $1,500+
Tarifa de presentación del Certificado de Publicación$50
Total (aproximado)$900 – $3,300+

El condado importa. Los costos de publicación en Manhattan (Condado de Nueva York) o el Condado de Nassau son típicamente mucho más altos que en condados del norte del estado como Albany o Erie.

Algunos dueños de negocios consideran usar una dirección del Condado de Albany (una oficina virtual o servicio de agente registrado) para reducir costos de publicación. Esta estrategia puede ahorrar $1,000+ pero puede no ser apropiada para todos los negocios. Vea nuestra guía sobre ahorrar en publicación de LLC cambiando su condado.


Consecuencias del Incumplimiento

Si no completa la publicación dentro de 120 días de presentar su Solicitud de Autoridad, el Departamento de Estado de NY suspenderá la autoridad de su LLC para realizar negocios en Nueva York.

Lo Que Significa la Suspensión

  • Su LLC no puede operar legalmente en Nueva York
  • No puede demandar ni hacer cumplir contratos en tribunales de Nueva York
  • La autoridad de su LLC permanece suspendida hasta que complete la publicación y presente el Certificado
  • Los contratos existentes permanecen válidos (la suspensión no anula acuerdos)
  • Los miembros y gerentes no son personalmente responsables de las deudas de la LLC simplemente por incumplimiento

Cómo Curar una Suspensión

Buenas noticias: la suspensión es reversible.

Para restablecer la autoridad de su LLC:

  1. Complete el proceso de publicación de 6 semanas (en los periódicos correctos)
  2. Recolecte declaraciones juradas de ambos periódicos
  3. Presente el Certificado de Publicación con la tarifa de $50

Una vez presentado, la autoridad de su LLC es restaurada. No hay penalidad ni tarifa tardía más allá de los requisitos estándar.


Errores Comunes a Evitar

1. Asumir que No Necesita Registrarse

Muchas LLCs extranjeras erróneamente creen que pueden "pasar desapercibidas" sin registrarse en Nueva York.

Realidad: Si está realizando negocios en Nueva York (oficina, empleados, presencia física), debe registrarse. Operar sin registro lo expone a penalidades y le impide demandar en tribunales de Nueva York.

2. Usar los Periódicos Incorrectos

No puede elegir cualquier periódico. La ley requiere periódicos designados por el secretario del condado donde está ubicada su oficina de Nueva York.

Usar periódicos no designados significa que su publicación no cuenta, y tendrá que empezar de nuevo.

3. Elegir el Condado Equivocado Basándose en Su Estado de Origen

Su condado de publicación está determinado por su dirección de oficina de Nueva York, no donde su LLC fue originalmente formada.

Si su LLC está basada en Texas pero su oficina de Nueva York está en Brooklyn, debe publicar en periódicos del Condado de Kings—no periódicos de Texas.

4. Olvidar el Plazo de 120 Días

El reloj de 120 días comienza en la fecha en que se presenta su Solicitud de Autoridad, no cuando decide iniciar el proceso.

La publicación toma tiempo (mínimo 6 semanas, más 1-2 semanas para declaraciones juradas). No espere hasta el día 100 para comenzar.

5. Perder o No Presentar Declaraciones Juradas

Incluso si completa la publicación, no está en cumplimiento hasta que presente el Certificado de Publicación con declaraciones juradas y la tarifa de $50.

Guarde las declaraciones juradas de forma segura y preséntelas prontamente después de recibirlas de los periódicos.


Cómo LLC Publishers Ayuda a LLCs Extranjeras

Si está registrando una LLC extranjera en Nueva York, el proceso de publicación es el mismo dolor de cabeza que enfrentan las LLCs domésticas:

  • Rastrear periódicos designados por el secretario del condado
  • Coordinar con dos periódicos diferentes
  • Pagar tarifas altas de anuncios (especialmente en NYC)
  • Esperar declaraciones juradas
  • Presentar papeleo ante el estado

Manejamos todo el proceso. Precios todo incluido desde $395 (Westchester)—tu condado determina el precio. Incluye:

  • Investigación de designación de periódicos del secretario del condado
  • Colocar anuncios en ambos periódicos requeridos
  • Manejar el programa de publicación de 6 semanas
  • Recolectar declaraciones juradas de periódicos
  • Presentar el Certificado de Publicación ante el Departamento de Estado de NY

Usted proporciona: Copia de su Solicitud de Autoridad y pago.

Nosotros entregamos: Certificado de Publicación completado, declaraciones juradas, y tranquilidad.

Nuestro servicio funciona tanto para LLCs domésticas como extranjeras—el proceso es el mismo, y nuestra tarifa fija cubre todo.

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Preguntas Frecuentes: Publicación de LLC Extranjera en Nueva York

¿Mi LLC de Delaware necesita publicar en Nueva York?

Sí, si su LLC de Delaware está realizando negocios en Nueva York y presenta una Solicitud de Autoridad. El requisito de publicación aplica a todas las LLCs extranjeras, independientemente de dónde fueron originalmente formadas.

¿Puedo usar los mismos periódicos para múltiples LLCs extranjeras?

Sí, si está registrando múltiples LLCs extranjeras en el mismo condado de Nueva York. Los periódicos aún deben ser designados por el secretario del condado para ese condado específico.

¿Qué pasa si mi LLC fue formada en otro país?

Las LLCs extranjeras formadas fuera de los Estados Unidos también deben cumplir con los requisitos de publicación de la Sección 802 si se registran para hacer negocios en Nueva York. El proceso es el mismo.

¿La publicación necesita incluir mi Solicitud de Autoridad completa?

No. Puede publicar ya sea una copia completa de la Solicitud o un aviso más corto que incluya información clave (nombre de LLC, jurisdicción, dirección de oficina de Nueva York, agente registrado, propósito comercial). La mayoría de las LLCs publican un aviso en lugar de la solicitud completa.


Puntos Clave

  • Las LLCs extranjeras deben publicar en Nueva York bajo la Sección 802 si presentan una Solicitud de Autoridad para realizar negocios en el estado
  • Los requisitos son casi idénticos a las LLCs domésticas: dos periódicos (diario + semanal), seis semanas consecutivas, plazo de 120 días
  • Los costos de publicación varían de $900 a $3,300+, dependiendo del condado
  • El incumplimiento resulta en suspensión de la autoridad de su LLC para realizar negocios en Nueva York
  • La suspensión es reversible—puede restaurar la autoridad completando la publicación en cualquier momento
  • El condado de publicación se basa en su dirección de oficina de Nueva York, no donde su LLC fue originalmente formada
  • LLC Publishers maneja todo el proceso con precios todo incluido desde $395 (Westchester), ahorrándole tiempo y asegurando cumplimiento

¿Listo para registrar su LLC extranjera en Nueva York? Contáctenos para comenzar o aprenda más sobre nuestro servicio de publicación.

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