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Complete Su Requisito de Publicación de LLC — Rápido, Económico, Cumplimiento Garantizado

¿Con qué frecuencia se publica su anuncio de LLC en 6 semanas? (2026)

10 min de lecturaProceso de PublicaciónActualizado 20 de febrero de 2026

Su anuncio de publicación de LLC se publica una vez por semana durante seis semanas consecutivas en cada uno de los dos periódicos. Según la Sección 206 de la Ley de LLC de NY, debe publicar en un periódico diario y un periódico semanal designados por el county clerk. El periódico diario publica su anuncio una vez por semana (no todos los días), y el periódico semanal lo publica una vez por semana en cada edición. Eso totaliza 12 inserciones entre ambos periódicos — 6 en el diario y 6 en el semanal.

Datos del calendario de publicación de LLC

12
Inserciones totales (6 por periódico × 2 periódicos)
6
Semanas consecutivas de publicación requeridas
2
Periódicos requeridos (uno diario, uno semanal)
Calendario mostrando seis semanas consecutivas de publicación de LLC con una inserción por semana en dos periódicos

Cómo funciona el calendario de publicación de seis semanas

La Sección 206 requiere publicación "una vez en cada semana por seis semanas sucesivas" en dos periódicos. Esto es lo que significa en la práctica:

Tipo de periódicoFrecuenciaInserciones en 6 semanasCómo funciona
Periódico diarioUna vez por semana6Se publica en una edición por semana (típicamente el mismo día cada semana)
Periódico semanalUna vez por semana6Se publica una vez en cada edición semanal
Total126 inserciones en cada periódico

El periódico diario no publica su anuncio todos los días. "Diario" se refiere a la frecuencia de publicación del periódico — se publica todos los días. Pero su anuncio solo aparece en una edición por semana durante seis semanas. El periódico elige qué día de la semana publicar avisos legales (a menudo un día específico como martes o jueves).

Su anuncio se publica una vez por semana en cada periódico — no todos los días. Son 12 inserciones totales, no 42.

Periódico diario vs periódico semanal

La Sección 206 requiere publicación tanto en un periódico diario como en uno semanal. Ambos son designados por el county clerk para el condado de su LLC. Así funciona cada tipo:

Periódico diario:

  • Publica ediciones todos los días (o la mayoría de los días)
  • Su anuncio de LLC se publica en una edición por semana durante 6 semanas
  • El periódico elige el día — usted no controla qué día aparece su anuncio
  • Ejemplo: Si el New York Law Journal publica avisos legales los miércoles, su anuncio aparece cada miércoles durante 6 semanas

Periódico semanal:

  • Publica una edición por semana
  • Su anuncio de LLC se publica en cada edición semanal durante 6 semanas
  • Como el periódico solo sale una vez por semana, su anuncio aparece automáticamente en cada número durante el período de 6 semanas

El contenido del anuncio es idéntico en ambos periódicos. El mismo aviso se publica en el diario y el semanal — no necesita versiones diferentes.


Qué significa "consecutivo" y qué sucede si se pierde una semana

"Seis semanas sucesivas" significa seis semanas seguidas sin interrupciones. Si se salta una semana, el conteo puede necesitar reiniciarse dependiendo de las circunstancias.

Razones comunes para interrupciones:

  • El periódico omite una sección de avisos legales (semanas festivas, retrasos de impresión)
  • Un periódico deja de publicarse a mitad del período
  • Un error en el anuncio requiere corrección y nueva presentación

Si el periódico causa la interrupción — la mayoría de los periódicos extenderán la publicación sin costo adicional y anotarán el retraso en la declaración jurada de publicación. La declaración jurada es la prueba legal de que se realizó la publicación, y los tribunales generalmente aplican un estándar de cumplimiento sustancial cuando ocurren irregularidades menores en el calendario.

Si usted causa la interrupción — por ejemplo, cancelando y reiniciando con un periódico diferente — el reloj de seis semanas se reinicia desde la primera inserción en el nuevo periódico.

💡

No necesita monitorear esto

Si utiliza un servicio de publicación como LLC Publishers, nosotros coordinamos con ambos periódicos y rastreamos cada inserción. Si un periódico pierde una semana, hacemos seguimiento inmediatamente. Si lo hace usted mismo, debe confirmar con cada periódico que las seis inserciones se realizaron sin interrupciones antes de solicitar las declaraciones juradas.


Quién maneja el calendario de publicación

Usted no presenta el anuncio seis veces por separado. Este es el flujo de trabajo típico:

  1. Usted (o su servicio) presenta el anuncio una vez a cada periódico con instrucciones de publicarlo durante seis semanas consecutivas.
  2. El periódico maneja la programación — colocan su anuncio en la edición apropiada una vez por semana.
  3. Después de seis semanas, el periódico emite una declaración jurada — un documento notarizado que enumera las fechas exactas en que apareció su anuncio, confirmando seis inserciones semanales consecutivas.
  4. Usted usa ambas declaraciones juradas (una de cada periódico) para presentar su Certificate of Publication ante el Department of State.

Los periódicos tienen experiencia con avisos de publicación de LLC. Conocen los requisitos de la Sección 206 y programarán su anuncio en consecuencia.

Diagrama mostrando el calendario de publicación de LLC — un anuncio presentado, seis inserciones semanales, declaración jurada emitida


Qué sucede después de las seis semanas

Una vez que su anuncio se ha publicado durante seis semanas consecutivas en ambos periódicos:

  1. Cada periódico emite una declaración jurada de publicación — una declaración notarizada confirmando que el anuncio se publicó según lo requerido.
  2. Usted presenta ambas declaraciones juradas con el Certificate of Publication (DOS-1708) y una tarifa de presentación de $50 al Department of State.
  3. El DOS procesa su presentación y la obligación de publicación de su LLC está completa.

El tiempo total desde la primera inserción hasta la presentación del Certificate of Publication es típicamente de 6-8 semanas — 6 semanas para la publicación, más 1-2 semanas para la recopilación de declaraciones juradas y el envío por correo.

Para un desglose completo del cronograma, consulte nuestra guía del cronograma del plazo de 120 días.

¿Listo para evitar las complicaciones?

Nosotros manejamos todo — periódicos, declaraciones juradas y presentación estatal.

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Cómo mantenemos estos datos

Este artículo refleja la ley estatal vigente de Nueva York a febrero de 2026. Nuestra información se basa en:

Última verificación: febrero de 2026


Preguntas frecuentes

¿Mi anuncio se publica todos los días durante 6 semanas?

No. Aunque uno de los dos periódicos requeridos es un diario, su anuncio se publica solo una vez por semana en ese periódico — no todos los días. "Diario" se refiere a la frecuencia de publicación del periódico, no a la frecuencia de su anuncio. Durante seis semanas, tiene 6 inserciones en el periódico diario y 6 en el semanal — 12 en total.

¿Puedo elegir qué día de la semana se publica mi anuncio?

Generalmente, no. El periódico determina qué día se publican los avisos legales. Muchos periódicos diarios tienen un día designado para avisos legales (por ejemplo, martes o jueves). Los periódicos semanales solo publican una vez por semana, por lo que el anuncio aparece en cualquier edición que publiquen. El día específico no afecta la validez legal de la publicación.

¿Qué pasa si necesito empezar de nuevo con un periódico diferente?

Si cambia de periódico a mitad del período, el conteo de seis semanas se reinicia desde la primera inserción en el nuevo periódico. Necesita seis semanas consecutivas en los mismos dos periódicos. Esta es una razón por la cual confirmar los periódicos designados correctos antes de comenzar la publicación es importante.

¿Ambos periódicos necesitan comenzar la misma semana?

No. Los periódicos diario y semanal pueden comenzar y terminar en semanas diferentes. Cada periódico independientemente debe completar seis inserciones semanales consecutivas. En la práctica, la mayoría de los servicios los coordinan para que comiencen aproximadamente al mismo tiempo y ambos terminen juntos, pero esto es por eficiencia — no un requisito legal.

¿Cómo sé si mi anuncio realmente se publicó las 6 semanas?

La declaración jurada de publicación del periódico es la prueba. Este documento notarizado enumera las fechas exactas en que apareció su anuncio. Cuando reciba las declaraciones juradas de ambos periódicos, verifique que cada una enumere 6 fechas que abarquen 6 semanas consecutivas. Si lo hace usted mismo, revise algunas ediciones durante el período de publicación para confirmar.

¿El texto del anuncio es el mismo en ambos periódicos?

Sí. El mismo aviso se publica tanto en el periódico diario como en el semanal. No necesita versiones diferentes. El aviso incluye el nombre de su LLC, condado, fecha de formación, información del agente registrado y la designación de que el Secretary of State es el agente para la notificación de procesos.


Descargo de responsabilidad

La información en este artículo es solo para fines informativos generales y no constituye asesoramiento legal. Si bien nos esforzamos por la precisión, las leyes y los procedimientos pueden cambiar. Para preguntas legales específicas sobre el calendario de publicación de su LLC, consulte con un abogado calificado. LLC Publishers proporciona servicios de publicación y asistencia administrativa de presentación, pero no somos un bufete de abogados y no podemos proporcionar asesoramiento legal.


Conclusiones clave

  • Su anuncio de LLC se publica una vez por semana durante seis semanas consecutivas en cada uno de dos periódicos — totalizando 12 inserciones
  • El periódico diario publica su anuncio una vez por semana (no todos los días) — "diario" se refiere a la frecuencia del periódico, no de su anuncio
  • El periódico semanal publica su anuncio en cada una de sus 6 ediciones semanales
  • "Consecutivo" significa sin interrupciones — si se pierde una semana, el conteo puede reiniciarse
  • Usted presenta el anuncio una vez a cada periódico; ellos manejan la programación
  • Después de seis semanas, cada periódico emite una declaración jurada notarizada como prueba
  • El día específico de la semana en que se publica su anuncio no afecta la validez legal
  • El mismo texto del anuncio se publica en ambos periódicos — no se necesitan versiones diferentes

¿Preguntas? Contáctenos o vea nuestras preguntas frecuentes para más información