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Publicación de PLLC Extranjera en NY: Sección 1306 (2026)

14 min de lecturaRequisitos de Publicación de LLCActualizado 19 de marzo de 2026

La Respuesta Breve

Sí — las PLLC extranjeras deben publicar en Nueva York. Si usted formó una Compañía de Responsabilidad Limitada de Servicio Profesional (PLLC) en otro estado y presentó una Solicitud de Autorización para ejercer en Nueva York, debe publicar un aviso en dos periódicos de Nueva York dentro de 120 días.

Este requisito proviene de la Sección 1306 de la Ley de LLC de NY — el equivalente para PLLC extranjeras de la Sección 802 (LLC extranjeras) y la Sección 1203 (PLLC domésticas).

El proceso es el mismo que cualquier otra publicación de LLC en Nueva York: dos periódicos (uno diario, uno semanal) designados por el secretario del condado, una vez por semana durante seis semanas consecutivas. Las diferencias son la redacción del aviso, el contenido adicional sobre su estado de origen y el número de formulario DOS (DOS-1710).

En resumen: Si usted es abogado, médico, contador público, arquitecto o cualquier otro profesional licenciado que formó una PLLC en otro estado y se está registrando para ejercer en Nueva York, la publicación es obligatoria según la Sección 1306.

Requisitos de publicación de PLLC extranjera en Nueva York según la Sección 1306

120 días
Plazo de publicación
6 semanas
Duración de publicación
9 elementos
Requeridos en el aviso
DOS-1710
Formulario de certificado

¿Qué Es una PLLC Extranjera?

Una PLLC extranjera es una Compañía de Responsabilidad Limitada de Servicio Profesional formada bajo las leyes de otro estado que desea ejercer una profesión licenciada en Nueva York.

Por ejemplo:

  • Un bufete de abogados formado como PLLC en Connecticut que abre una oficina en Nueva York
  • Una práctica médica formada como PLLC en Nueva Jersey que comienza a atender pacientes en Nueva York
  • Una firma de contadores formada como PLLC en Delaware que acepta clientes en Nueva York
  • Una firma de arquitectura formada como PLLC en California que toma un proyecto en Nueva York

Cuando una PLLC extranjera desea ejercer en Nueva York, debe:

  1. Registrarse con el Departamento de Estado de NY presentando una Solicitud de Autorización (tarifa de presentación de $200)
  2. Obtener la aprobación del Departamento de Educación del Estado de NY — cada miembro profesional debe poseer una licencia válida de Nueva York para la profesión aplicable
  3. Publicar un aviso en dos periódicos designados dentro de 120 días de presentar la Solicitud de Autorización

Requisitos de Publicación de la Sección 1306

La Sección 1306(d) establece el requisito de publicación para las compañías de responsabilidad limitada de servicio profesional extranjeras. A diferencia de las PLLC domésticas (que se rigen por la Sección 1203), la Sección 1306 tiene su propia disposición de publicación independiente — no incorpora la Sección 206 por referencia.

Los requisitos fundamentales son:

  • Dos periódicos en el condado donde se encuentra su oficina de Nueva York — uno impreso diariamente, uno impreso semanalmente
  • Designados por el secretario del condado (usted no puede elegir sus propios periódicos)
  • Una vez por semana durante seis semanas consecutivas
  • Dentro de 120 días de presentar la Solicitud de Autorización ante el Departamento de Estado
  • Prueba de publicación (Certificado de Publicación con declaraciones juradas) debe presentarse ante el Departamento de Estado

¿Qué Debe Incluir el Aviso?

La Sección 1306(d) requiere nueve elementos en el aviso de publicación — más que los siete requeridos para LLC domésticas según la Sección 206. Los elementos adicionales se relacionan con el estado de origen de la PLLC extranjera:

#Elemento RequeridoEjemplo
1Nombre de la LLC de servicio profesional extranjera"Altum Law PLLC"
2Fecha de presentación de la Solicitud de Autorización ante DOS"15 de marzo de 2026"
3Jurisdicción y fecha de formación original"Formada en Connecticut el 10 de enero de 2025"
4Condado en NY donde se encuentra la oficina"Condado de Westchester"
4-aDirección del lugar principal de negocios (si existe)"123 Main St, White Plains, NY 10601"
5SSNY designado como agente para servicio de proceso + dirección postalCláusula estándar de designación SSNY
6Nombre y dirección del agente registrado (si aplica)Opcional — solo si se designa uno
7Dirección de la oficina en la jurisdicción del estado de origen"456 Elm Ave, Hartford, CT 06103"
8Nombre y dirección de la autoridad en el estado de origen donde se presentaron los artículos"CT Secretary of State, 165 Capitol Ave, Hartford, CT 06106"
9Carácter o propósito del negocio"Práctica de la ley" o "Cualquier actividad legal"

En comparación con los avisos de PLLC domésticas (que tienen 7 elementos), los avisos de PLLC extranjeras deben incluir adicionalmente la jurisdicción y fecha de formación del estado de origen (#3), la dirección de la oficina del estado de origen (#7), y la autoridad de presentación del estado de origen (#8).


Cómo Difiere la Publicación de PLLC Extranjera de Otros Tipos de Entidad

El requisito de publicación de Nueva York aplica a cuatro tipos de entidades. Así es como se comparan:

RequisitoLLC DomésticaLLC ExtranjeraPLLC DomésticaPLLC Extranjera
Estatuto§206§802§1203§1306
Evento desencadenanteArtículos de OrganizaciónSolicitud de AutorizaciónArtículos de OrganizaciónSolicitud de Autorización
Tipo de avisoAviso de FormaciónAviso de CalificaciónAviso de FormaciónAviso de Calificación
Elementos del aviso7979
Periódicos2 (diario + semanal)2 (diario + semanal)2 (diario + semanal)2 (diario + semanal)
Duración6 semanas consecutivas6 semanas consecutivas6 semanas consecutivas6 semanas consecutivas
Plazo120 días120 días120 días120 días
Formulario DOSDOS-1708(formulario separado)DOS-1709DOS-1710
Tarifa de presentación$50$50$50$50
Certificación de licencia requeridaNoNo

Diferencias clave para PLLC extranjeras vs. LLC extranjeras:

  • Las PLLC extranjeras usan DOS-1710 (no el formulario estándar de LLC extranjera)
  • Las PLLC extranjeras deben obtener certificación de autoridad de licencia del Departamento de Educación del Estado de NY
  • El aviso debe identificar a la entidad como una "compañía de responsabilidad limitada de servicio profesional"

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Nosotros manejamos todo — periódicos, declaraciones juradas y presentación estatal.

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Formularios DOS: DOS-1710 vs DOS-1709

Al presentar el Certificado de Publicación después de completar el período de publicación de 6 semanas, usar el formulario correcto es crítico:

Tipo de EntidadFormulario DOSCuándo Usar
LLC DomésticaDOS-1708LLC formada en Nueva York
PLLC DomésticaDOS-1709PLLC formada en Nueva York
PLLC ExtranjeraDOS-1710PLLC formada en otro estado, registrada en NY

El formulario DOS-1710 está disponible en el Departamento de Estado de NY.

Presentar con el formulario incorrecto retrasará su cumplimiento. El Departamento de Estado devolverá su documentación y le exigirá que presente de nuevo con el formulario correcto — potencialmente empujándolo más allá del plazo de 120 días.


¿Qué Profesiones Se Ven Afectadas?

Cualquier profesional licenciado que formó una PLLC en otro estado y desea ejercer en Nueva York está sujeto a la Sección 1306. Las profesiones más comunes incluyen:

  • Abogados — bufetes de abogados que se expanden desde estados vecinos (CT, NJ, PA)
  • Médicos — prácticas médicas con oficinas en múltiples estados
  • Dentistas — prácticas dentales que se expanden a Nueva York
  • Contadores Públicos Certificados — firmas CPA con clientes en Nueva York
  • Arquitectos — firmas de arquitectura que toman proyectos en Nueva York
  • Ingenieros Profesionales — firmas de ingeniería que trabajan en Nueva York
  • Trabajadores Sociales Clínicos Licenciados
  • Psicólogos
  • Veterinarios

La lista completa cubre todas las profesiones licenciadas bajo el Título Ocho de la Ley de Educación de NY. Si no está seguro de si su profesión requiere una PLLC, consulte con el Departamento de Educación del Estado de Nueva York, Oficina de las Profesiones.

Importante: Cada miembro profesional de la PLLC extranjera que ejercerá en Nueva York debe poseer una licencia válida de Nueva York para la profesión aplicable. La Oficina de las Profesiones de NYSED mantiene una lista de verificación de todos los requisitos para el registro de PLLC extranjera.


El Plazo de 120 Días y las Consecuencias

El reloj de 120 días comienza cuando el Departamento de Estado presenta su Solicitud de Autorización — no cuando usted la envía, y no cuando recibe la aprobación del Departamento de Educación.

¿Qué Sucede Si No Cumple el Plazo?

Si no presenta la prueba de publicación dentro de 120 días, la autoridad de su PLLC extranjera para llevar a cabo, conducir o realizar cualquier negocio en Nueva York será suspendida.

Sin embargo, el estatuto proporciona protecciones importantes:

  • Los contratos existentes siguen siendo válidos — la suspensión no anula los contratos que ya ha celebrado
  • Sin responsabilidad personal — los miembros, gerentes y agentes no se vuelven personalmente responsables de las obligaciones de la PLLC
  • Puede subsanar en cualquier momento — complete la publicación y presente la prueba ante DOS, y la suspensión se anula retroactivamente
  • Sin multas ni tarifas adicionales por cumplimiento tardío

Para más detalles sobre el plazo, consulte nuestra guía del plazo de publicación de 120 días.


Cómo LLC Publishers Maneja la Publicación de PLLC Extranjera

Manejamos la publicación de PLLC extranjera como parte de nuestro servicio todo incluido — mismo proceso, misma estructura de precios que cualquier otra publicación de LLC.

Lo que hacemos:

  • Verificamos su tipo de entidad en los registros del Estado de NY (detectamos automáticamente el estado de PLLC extranjera)
  • Generamos el Aviso de Calificación correcto con los 9 elementos requeridos, incluyendo la información del estado de origen
  • Investigamos las designaciones de periódicos del secretario del condado para su condado
  • Colocamos anuncios en ambos periódicos designados requeridos
  • Gestionamos el calendario de publicación de 6 semanas
  • Recopilamos declaraciones juradas de los periódicos
  • Presentamos el Certificado de Publicación en el formulario DOS-1710 ante el Departamento de Estado de NY

Lo que usted proporciona: Copia de su Solicitud de Autorización y el pago.

Nosotros entregamos: Certificado de Publicación completado, declaraciones juradas y confirmación de cumplimiento.

Precios: Desde $395.00 (Condado de Westchester). Ver todos los precios por condado.

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Preguntas Frecuentes

¿Las PLLC extranjeras necesitan publicar en Nueva York?

Sí. Según la Sección 1306(d) de la Ley de LLC de NY, cualquier LLC de servicio profesional extranjera que presente una Solicitud de Autorización en Nueva York debe publicar un aviso en dos periódicos designados dentro de 120 días. No hay exenciones.

¿Cuál es la diferencia entre la Sección 1306 y la Sección 802?

La Sección 802 rige la publicación para LLC extranjeras (compañías de responsabilidad limitada estándar formadas en otro estado). La Sección 1306 rige la publicación para PLLC extranjeras (LLC de servicio profesional formadas en otro estado). El proceso de publicación es casi idéntico, pero las PLLC extranjeras deben además obtener certificación de autoridad de licencia del Departamento de Educación del Estado de NY y presentar en el formulario DOS-1710 en lugar del formulario estándar de LLC extranjera.

¿Qué formulario DOS usa una PLLC extranjera?

Las PLLC extranjeras usan DOS-1710 para el Certificado de Publicación. Esto es diferente del DOS-1709 (PLLC domésticas) y del DOS-1708 (LLC domésticas). Usar el formulario incorrecto hará que el Departamento de Estado rechace su presentación.

¿Puede una PLLC extranjera usar 'PLLC' en su aviso de publicación?

Sí. Aunque el estatuto usa la frase completa "compañía de responsabilidad limitada de servicio profesional", la abreviatura "PLLC" es aceptada en la práctica bajo el estándar de cumplimiento sustancial establecido por la Sección 1306(d)(iii). La mayoría de los anuncios en periódicos usan la abreviatura. Lo que importa es que el aviso identifique a la entidad como una PLLC — no como una LLC estándar.

¿Qué pasa si una PLLC extranjera no cumple el plazo de publicación de 120 días?

La autoridad de su PLLC extranjera para hacer negocios en Nueva York será suspendida. Sin embargo, los contratos existentes siguen siendo válidos, no se impone responsabilidad personal a los miembros, y puede subsanar la suspensión en cualquier momento completando la publicación y presentando la prueba ante el Departamento de Estado. No hay multas adicionales por cumplimiento tardío.

¿Una PLLC extranjera necesita certificación de autoridad de licencia?

Sí. Según la Sección 1306(b), la Solicitud de Autorización debe incluir certificados de la autoridad de licencia de NY (típicamente el Departamento de Educación del Estado) confirmando que cada miembro profesional que ejercerá en Nueva York posee una licencia válida de Nueva York. Esto es adicional al requisito de publicación.


La información en este artículo es solo para fines informativos generales y no constituye asesoramiento legal. Aunque nos esforzamos por la precisión, las leyes y los procedimientos pueden cambiar. Para preguntas legales específicas sobre su LLC, consulte con un abogado calificado. LLC Publishers proporciona servicios de publicación y asistencia administrativa de presentación, pero no somos un bufete de abogados y no podemos proporcionar asesoramiento legal.


Puntos Clave

  • Las PLLC extranjeras deben publicar en Nueva York según la Sección 1306 — este es un estatuto separado de la Sección 802 (LLC extranjeras) y la Sección 1203 (PLLC domésticas)
  • El proceso de publicación es el mismo que cualquier otra LLC: dos periódicos, seis semanas consecutivas, plazo de 120 días
  • Los avisos de PLLC extranjera requieren 9 elementos incluyendo jurisdicción del estado de origen, fecha de formación, dirección de oficina del estado de origen y autoridad de presentación del estado de origen
  • Use DOS-1710 para el Certificado de Publicación — no DOS-1709 (PLLC doméstica) ni DOS-1708 (LLC doméstica)
  • Se requiere certificación de autoridad de licencia del Departamento de Educación del Estado de NY para todos los miembros profesionales que ejerzan en NY
  • No cumplir el plazo resulta en suspensión de la autoridad comercial, pero puede subsanarse en cualquier momento sin multas adicionales
  • LLC Publishers completa los cuatro tipos de publicación — LLC doméstica, LLC extranjera, PLLC doméstica y PLLC extranjera — con el mismo servicio todo incluido. Comience hoy

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