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Requisitos de Publicación de LLC

¿El Periódico Cometió un Error en su Publicación de LLC?

10 min read

La Respuesta Rápida: La Mayoría de los Errores Pueden Corregirse, y la Ley Proporciona Flexibilidad

Si el periódico comete un error en su aviso de publicación de LLC, no queda automáticamente fuera de cumplimiento. La Sección 206 de la Ley de LLC de Nueva York incluye un estándar de "cumplimiento sustancial" que proporciona flexibilidad para errores, y el remedio específico depende de cuándo ocurre el error y qué tan significativo es.

Los factores clave son: cuándo descubre el error (durante el período de publicación de seis semanas o después), el tipo de error (error tipográfico menor vs. información crítica incorrecta), y si se usaron los periódicos correctos (la designación del secretario del condado es lo más importante).

Esto es lo que necesita saber para proteger el cumplimiento de su LLC.

Proceso de corrección de errores de publicación en periódicos para cumplimiento de LLC de NY


Entendiendo el "Cumplimiento Sustancial" Bajo la Sección 206

La Ley de LLC de Nueva York no requiere perfección — requiere cumplimiento sustancial. Este es un concepto legal crítico que protege a las LLCs de errores técnicos.

Según la Sección 206 de la Ley de LLC de NY, si su LLC presenta prueba de publicación "en cumplimiento sustancial con las disposiciones (distintas del período de ciento veinte días)", cualquier suspensión de autoridad puede ser anulada.

Lo Que Significa "Cumplimiento Sustancial" en la Práctica

Cumplimiento sustancial significa que su publicación:

  • Corrió en periódicos designados por el secretario del condado (esto no es negociable)
  • Incluyó la información requerida básica sobre su LLC
  • Corrió durante seis semanas consecutivas en ambos periódicos
  • Se presentó ante el Departamento de Estado junto con las declaraciones juradas apropiadas

Errores menores en redacción, formato, o detalles no críticos típicamente no descalifican su publicación de cumplir con el estándar legal.


Cuando el Error Ocurre Durante las Seis Semanas de Publicación

Si descubre un error después de la primera publicación pero antes de completar las seis semanas, la Sección 206 le da una opción.

La Flexibilidad Explícita de la Ley

Esto es lo que dice el estatuto:

"Donde, en cualquier momento después de completar la primera de las seis publicaciones semanales y antes de completar la sexta publicación semanal, hay un cambio en cualquier información contenida en la copia o aviso como fue publicado, la compañía de responsabilidad limitada puede completar las publicaciones restantes de la copia o aviso original, y la compañía de responsabilidad limitada no estará obligada a publicar ninguna copia o aviso adicional o enmendado."

En español sencillo: Puede continuar con la publicación original (incorrecta) y aún satisfacer el requisito.

Lo Que Esto Significa para Usted

Si el periódico comete un error en la semana 1 o 2, tiene opciones:

  1. Continuar con el aviso existente — La ley permite esto explícitamente
  2. Solicitar una corrección del periódico — Algunos periódicos reimprimirán sin costo si ellos cometieron el error
  3. No hacer nada y completar las seis semanas — Luego abordar cualquier problema al presentar ante el Departamento de Estado

La mayoría de los errores no requieren que reinicie el reloj de seis semanas o vuelva a publicar con costo adicional.


Cuando el Error Se Descubre Después de Que Todas las Seis Semanas Están Completas

Si no nota el error hasta después de que las seis publicaciones han corrido, la ley es aún más indulgente.

Cambios Después de Completar

La Sección 206 establece:

"Donde, en cualquier momento después de completar las seis publicaciones semanales, hay un cambio a cualquier información contenida en la copia o aviso como fue publicado, no se requerirá hacer publicación adicional o enmendada ni republicación."

Esta provisión significa que una vez que sus seis semanas están completas, cambios en la información (incluyendo errores) no requieren que vuelva a publicar.

Presentando el Certificado de Publicación

Cuando presente su Certificado de Publicación ante el Departamento de Estado de NY, debe incluir:

  • Declaraciones juradas de ambos periódicos
  • La tarifa de presentación de $50
  • Un formulario de Certificado de Publicación completado

El Departamento de Estado revisa estos materiales. Si el error es menor (un error tipográfico en una dirección, problema de formato, o similar), la presentación típicamente es aceptada bajo el estándar de cumplimiento sustancial.


Tipos de Errores y Qué Tan Serios Son

No todos los errores son iguales. Aquí hay un desglose:

Errores Menores (Usualmente No Son Problema)

  • Errores tipográficos en direcciones — "Calle Principal 123" vs. "Av. Principal 123"
  • Problemas de formato — Saltos de línea, mayúsculas, puntuación
  • Diferencias de formato de fecha — "15 de enero de 2025" vs. "01/15/2025"
  • Cambios menores de redacción — "formada bajo" vs. "organizada conforme a"

Estos típicamente caen bajo cumplimiento sustancial y son aceptados por el Departamento de Estado.

Errores Moderados (Pueden Requerir Aclaración)

  • Dirección de oficina incorrecta (pero mismo condado)
  • Declaración de propósito faltante (aunque "cualquier propósito lícito" es estándar)
  • Fecha de formación incorrecta por unos días

Estos pueden generar una pregunta del Departamento de Estado, pero usualmente pueden resolverse con una carta de explicación o declaración jurada corregida.

Errores Críticos (Problemas Serios)

  • Nombre de LLC incorrecto — El nombre debe coincidir exactamente con los registros del Departamento de Estado
  • Fecha de formación incorrecta por meses — Podría indicar una LLC diferente
  • Designación de condado incorrecta — Usar periódicos del condado equivocado es una falla de cumplimiento
  • Publicado en periódicos no designados — Esto no puede remediarse bajo cumplimiento sustancial

Si descubre un error crítico, contacte al Departamento de Estado o consulte a un abogado antes de presentar.


Qué Hacer Si el Periódico Cometió el Error

Si el periódico cometió un error, aquí está su plan de acción:

Paso 1: Documente el Error

  • Guarde una copia de la publicación incorrecta
  • Note la fecha y edición donde apareció
  • Compárelo con el contenido del aviso que proporcionó

Paso 2: Contacte al Periódico Inmediatamente

  • Explique el error claramente
  • Pregunte si emitirán una declaración jurada corregida
  • Solicite una reimpresión si el error es significativo

La mayoría de los periódicos corregirán errores que cometieron sin cargo adicional, especialmente si lo detecta temprano.

Paso 3: Evalúe Si la Republicación es Necesaria

  • Errores menores: Proceda con la presentación tal como está
  • Errores moderados: Considere una carta de explicación para acompañar su Certificado de Publicación
  • Errores críticos: Consulte al Departamento de Estado (518-473-2492) o a un abogado

Paso 4: Trabaje con Su Servicio de Publicación (Si Aplica)

Si está usando un servicio como LLC Publishers, notifíquenos inmediatamente. Manejamos la comunicación con el periódico y el cumplimiento ante el Departamento de Estado en su nombre, y nos aseguraremos de que cualquier error se aborde apropiadamente.


¿Puede Rechazar una Declaración Jurada con Errores?

No está obligado a aceptar una declaración jurada defectuosa. Si el periódico proporciona una declaración jurada con errores significativos, puede:

  1. Solicitar una declaración jurada corregida — Los periódicos típicamente volverán a emitir si ellos cometieron el error
  2. Retener el pago (si aún no ha pagado) — Esto le da ventaja
  3. Escalar al secretario del condado — Los secretarios del condado mantienen listas de periódicos designados y pueden intervenir en disputas

Sin embargo, para errores menores, a menudo es más rápido presentar con una carta de explicación que ir y venir con el periódico.


El Factor Más Importante: ¿Se Usaron los Periódicos Correctos?

Esto es lo que realmente importa al Departamento de Estado:

¿Publicó en los periódicos designados por el secretario del condado?

Si la respuesta es sí, la mayoría de los otros errores pueden remediarse. Si la respuesta es no — si accidentalmente usó un periódico que no estaba aprobado por el condado — esa es una falla fundamental de cumplimiento que el cumplimiento sustancial no arreglará.

Cómo Verificar Periódicos Designados

Antes de que comience la publicación, siempre:

  • Contacte la oficina del secretario del condado donde está ubicada su LLC
  • Obtenga la lista actual de periódicos designados (diario y semanal)
  • Confirme que ambos periódicos todavía están aprobados (los periódicos cierran o cambian de propietario)

Aprenda más: ¿Qué Periódicos Puedo Usar para Mi Publicación de LLC de Nueva York?


Cómo LLC Publishers Maneja Errores de Periódicos

Cuando usa LLC Publishers, nos hacemos responsables de asegurar que su publicación sea conforme:

Revisamos todo el contenido del anuncio antes de enviarlo a los periódicos ✅ Verificamos que los periódicos estén designados por el condado antes de hacer su orden ✅ Revisamos las declaraciones juradas para precisión antes de presentar ante el Departamento de Estado ✅ Manejamos correcciones si un periódico comete un error ✅ Nos comunicamos con el Departamento de Estado si surge algún problema durante la presentación

Precios todo incluido desde $395 (Westchester)—tu condado determina el precio. Manejamos todo el proceso, para que no tenga que preocuparse por errores del periódico o preguntas de cumplimiento. Ver precios →

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Preguntas Comunes Sobre Errores de Publicación

¿Qué pasa si mi dirección comercial cambió después de que comenzó la publicación?

Puede completar las semanas restantes con la dirección original. No se requiere publicación enmendada bajo la Sección 206.

¿Qué pasa si el periódico saltó una semana?

Esto es un problema. La publicación debe ser consecutiva durante seis semanas. Si se saltó una semana, puede necesitar comenzar de nuevo. Contacte al periódico y al Departamento de Estado.

¿Qué pasa si ambos periódicos cometieron errores diferentes?

Cada error se evalúa por separado. Errores menores en ambas declaraciones juradas todavía pueden caer bajo cumplimiento sustancial, pero consulte al Departamento de Estado si no está seguro.

¿Puedo demandar al periódico por errores?

Legalmente, sí, pero prácticamente esto rara vez vale la pena para publicación de LLC. La mayoría de los periódicos corregirán errores que cometieron sin cargo, lo cual resuelve el problema más rápido que el litigio.

¿Qué pasa si el Departamento de Estado rechaza mi presentación debido a un error?

Le notificarán de la deficiencia. Puede presentar una declaración jurada corregida, una carta de explicación, o (en casos raros) volver a publicar. El Departamento de Estado generalmente es razonable sobre errores menores.


Puntos Clave

La Sección 206 permite cumplimiento sustancial — no se requiere perfección ✔ Errores menores durante la publicación no requieren republicación — puede completar las seis semanas tal como están ✔ El factor más crítico es usar periódicos designados por el condado — esto no puede remediarse bajo cumplimiento sustancial ✔ La mayoría de los errores de periódicos pueden corregirse solicitando una declaración jurada revisada ✔ El Departamento de Estado es razonable sobre errores menores, especialmente si proporciona contexto ✔ Usar un servicio de publicación como LLC Publishers elimina la mayoría de los riesgos de error a través de revisión y gestión profesional


Aviso Legal

La información en este artículo es solo para propósitos informativos generales y no constituye asesoría legal. Aunque nos esforzamos por la precisión, las leyes y procedimientos pueden cambiar. Para preguntas legales específicas sobre su LLC o cumplimiento de publicación, consulte con un abogado calificado. LLC Publishers proporciona servicios de publicación y asistencia administrativa de presentación, pero no somos un bufete de abogados y no podemos proporcionar asesoría legal.


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